La financiación soberana es una de las áreas menos desarrolladas del derecho internacional, ya que la deuda soberana se rige principalmente por la legislación nacional. Por eso, no existen límites claros en cuanto al comportamiento de los acreedores y los prestatarios, ni tampoco en cuanto a las expectativas de dicho comportamiento. Este vacío legal ha impedido que se implantasen medidas disuasorias adecuadas ante prácticas no responsables o subóptimas de otorgamiento y toma de préstamos soberanos. Dado que los intentos de introducir leyes y normas internacionales vinculantes (hard law or norms) para los países han sufrido repetidos reveses y ha sido difícil alcanzar un consenso internacional, en las últimas décadas se han realizado esfuerzos para desarrollar un derecho o normas no vinculantes (soft laws or norms) con el fin de introducir cambios de comportamiento y establecer límites claros para una conducta adecuada.
Los Principios sobre otorgamiento y toma responsables de préstamos soberanos (los Principios de la UNCTAD) elaborados bajo los auspicios de la Organización de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD), que se presentaron en 2012, gozan del reconocimiento internacional por su amplia cobertura de los instrumentos de deuda; por el carácter inclusivo con el que abordaron el proceso de formulación, validación y creación de consenso; y por la solidez de sus fundamentos en investigaciones y análisis académicos. Los Principios de la UNCTAD establecen claramente la corresponsabilidad tanto de los prestamistas hacia los soberanos como de los prestatarios soberanos, y abarcan todos los instrumentos de deuda utilizados por los soberanos y por todas las categorías de países. Aunque los instrumentos de derecho indicativo no son vinculantes por naturaleza, poseen efectos jurídicos y tienen un efecto estimulador del cumplimiento por varios motivos, entre los que se incluyen los costes de reputación en caso de incumplimiento.
En la actualidad, en el contexto de la creciente vulnerabilidad de la deuda de los países en vías de desarrollo, causada principalmente por el aumento de los costes del servicio de la deuda, el riesgo de estanflación, la acumulación de deuda pública y privada y el ensanchamiento de la brecha de financiación del desarrollo, los esfuerzos por revitalizar los Principios de la UNCTAD podrían orientar a los responsables políticos de los países en vías de desarrollo para que adoptasen formas más idóneas en sus intentos por captar financiación exterior e interior y minimizar y resolver las crisis de deuda.